Freedom of Expression

La pena de muerte en el derecho internacional

Lo que el derecho internacional dice realmente sobre la pena capital: el límite de los delitos más graves, la exigencia de un juicio justo y la tendencia hacia la abolición.

Por Free Amir Tataloo Campaign 5 min de lectura
Ilustración de una luz protegida dentro de un escudo

El derecho internacional no prohíbe por completo la pena de muerte, pero le impone límites estrictos y apunta con claridad hacia su abolición. Entender esos límites explica por qué una condena a muerte vinculada a la expresión suscita una preocupación tan grave.

El límite de los «delitos más graves»

El artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos protege el derecho a la vida y establece que, en los países que la mantienen, la pena de muerte solo puede imponerse para los delitos más graves. Los órganos de derechos humanos de la ONU lo interpretan de forma restrictiva como delitos que implican homicidio intencional. Los delitos relacionados con la expresión, las creencias o conductas no violentas no entran en esa categoría.

Un juicio justo es esencial

Como la pena es irreversible, el derecho internacional exige las garantías de juicio justo más estrictas en cualquier caso de pena capital. Cualquier deficiencia en el debido proceso convierte una condena a muerte en una violación, sea cual sea el cargo subyacente.

La tendencia hacia la abolición

El Segundo Protocolo Facultativo del Pacto compromete a los Estados con la abolición, y una amplia y creciente mayoría de países ha puesto fin a la pena de muerte en la ley o en la práctica. La dirección global es hacia la restricción y la abolición, no hacia la expansión.

Referencias

  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 6.
  • Segundo Protocolo Facultativo del PIDCP, destinado a abolir la pena de muerte.
  • Orientaciones de los órganos de derechos humanos de la ONU sobre el significado de los delitos más graves.

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